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Casos Ganados
Casos ganados de incapacidad laboral
INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL
Un trabajador sufrió un accidente laboral mientras se encontraba trabajando en una obra de Murcia, con tan mala fortuna que cayó del andamio y acabó lesionándose la zona lumbar. Una vez se estabilizó, la Mutua de accidentes de trabajo le dio el alta a pesar de no estar curado, pasando el trabajador por el Tribunal Médico que confirmó que estaba para trabajar sin secuelas. Cuando nos hicimos cargo del asunto, derivamos al trabajador a nuestros servicios médicos, que tras realizarle una electromiografía, comprobaron que padecía una radilucopatía en la L5, prueba gracias a la cual se pudo ganar el Juicio, ya que la mutua omitió hacerle este tipo de pruebas para que no se viera el alcance real de sus secuelas, siendo el trabajador declarado finalmente en situación de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual de albañil, con derecho a pensión vitalicia.
GRAN INVALIDEZ
Una trabajadora padeció una grave degeneración macular que derivo en una grave perdida de agudeza visual, menor a 0.1 en ambos ojos, reconociendole la Seguridad Social de Murcia una Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual de administrativo.
Impugnamos dicha resolución y ganamos el juicio, El Juzgado de lo Social de Murcia reconoció a la trabajadora es situación de Incapacidad Permanente Absoluta para todo trabajo, y derecho a una pensión del 100% de su base reguladora, la clienta muy contenta me dijo que se conformaba, pero le recomendé recurrir al Tribunal Superior de Justicia de Murcia, y afortunadamente la cliente siguió mi consejo, ya que en el recurso se reconoció a la trabajadora en situación de GRAN INVALIDEZ gracias a que pudimos demostrar que padecía una ceguera legal que le hacía necesitar ayuda de terceras personas para las labores habituales de su vida (su hermana la cuidaba, hacía la comida, aseaba, etc) por lo que consiguió una pensión vitalicia del 100% de su base reguladora.
INCAPACIDAD TEMPORAL/BAJA LABORAL
Un trabajador autónomo de Orihuela, cerrajero de profesión, fue dado de alta por la Mutua de accidentes de trabajo a pesar no estar curado de la artroscopia a la cual había sido sometido. Incapaz de trabajar, el cliente impugno el alta, sin embargo, la Inspección médica de Alicante decidió confirmar el alta, y el trabajador se quedó en la situación de no poder realizar actividad laboral alguna y sin percibir prestación por INCAPACIDAD TEMPORAL O BAJA LABORAL.
Ante la anterior situación, se interpuso demanda ante los Juzgados de lo Social de Alicante, en el Juicio, se demostró que el alta había sido prematura, por lo que se anuló el alta médica y se reconoció al trabajador su derecho a percibir la cuantía correspondiente desde el alta médica anulada, hasta la fecha en la que recuperase su capacidad laboral.
INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL
Un trabajador de Cartagena, sufrió un corte en varias falanges de su mano izquierda mientra trabajaba con una sierra cortando unos maderos, este trabajador, el cual era carpintero, perdió fuerza y sensibilidad en dicha extremidad, con lo que ya no podía desarrollar su profesión con la misma soltura que antes, necesitando incluso ayuda de otros compañeros para realizar determinadas tareas se su profesión. Sin embargo, la Mutua de Accidentes de Trabajo, le dio el alta y le propuso para lesiones permanentes no invalidantes, lo cual fue confirmado por el Tribunal Médico o EVI de Cartagena.
El trabajador acudió a mi despacho y me comento lo ocurrido, pero también que le apasionaba su trabajo y que quería seguir dedicándose a la carpintería, ante esto, le informe que podríamos pelear por que se le reconociera en situación de INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL, al no poder desarrollar al menos un 33% de sus ocupaciones no fundamentales, y que ello le daría derecho a una indemnización de 24 mensualidades de su base reguladora, lo cual, afortunadamente sucedió cuando el Juzgado de lo Social de Cartagena reconoció al trabajador el derecho a percibir una indemnización de 34.00 euros.
INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA
Un trabajador de Elche, conductor de maquinaria pesada, sufría una grave depresión de dos años de evolución, motivo por el cual había solicitado la prestación por incapacidad permanente hacia dos años, pero la misma había sido desestimada por la Seguridad Social de Elche, ante lo cual el trabajador no hizo nada.
Nuevamente, el trabajador volvió a solicitar la prestación por incapacidad permanente, la cual volvió a ser denegada según el Tribunal Médico o EVI, por ser su situación similar a la padecida cuando fue examinado anteriormente, ante esto el cliente busco asesoramiento y acudió a nosotros, afortunadamente, estábamos en plazo e interpusimos una reclamación previa, pero esta vez acompañando toda la documentación médica oportuna, con lo cual se estimo parcialmente la reclamación previa y se reconoció al trabajador una prestación por Incapacidad Permanente Total para su profesión, cuantía del 55 % de su base reguladora, ya que el INSS estimó que la medicación no le permitía conducir maquinaria pesada, no obstante, se interpuso demanda ante el Juzgado de lo Social de Elche, solicitando la INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA, siendo la misma finalmente reconocida, con pensión del 100 % de su base reguladora, al poder demostrar el grave padecimiento mental del trabajador, que padecía una depresión mayor recurrente, habiendo incluso intentado el suicidio en varias ocasiones.
INCAPACIDAD TEMPORAL O BAJA
Una trabajadora de Cartagena sufrió un accidente de tráfico mientras prestaba sus servicios como repartidora y a consecuencia del mismo sufrió una cervicalgia, la cual le ocasionaba mareos y fuertes dolores, por lo que su Mutua de accidentes de trabajo le dio la Incapadidad Temporal, y le mandó rehabilitación, sin embargo, a pesar de que los mareos continuaban y de que el dolor persistía, le dieron el alta tan solo 20 días después, ya que le indicaron que ese era el estándar de duración del tratamiento y que por lo tanto le daban el alta. La trabajadora me comento lo que sucedía, y que con el fuerte dolor y los mareos que tenía, obviamente no podría conducir, por lo que procedimos a la impugnación de dicha alta médica, acreditando que la trabajadora continuaba recibiendo rehabilitación y que persistían los mareos, por lo que finalmente la Inspección Médica de Murcia revoco el alta y obligo a la Mutua a mantener a la trabajadora en situación de INCAPACIDAD TEMPORAL O BAJA hasta que se procediera a su curación o mejoría que le permitiese trabajar.